) que modifiquen las condiciones de utilización del sistema o impidan el descenso completo de las barreras activas de control de humos.
Igualmente se entenderá cumplido este requisito si se realizan las operaciones que se indican en el «Widget de Mantenimiento Trimestral» de la norma UNE 23120.
– Las condiciones de uso previstas y el programa de mantenimiento diario con las operaciones que, como exiguo, requiera el producto durante su vida útil para poder ser usado de forma fiable.
Comprobar si se han realizado cambios o modificaciones en cualquiera de las componentes del sistema desde la última revisión realizada y proceder a su documentación.
Para sistemas fijos de inundación total de agentes extintores gaseosos, probar la estanquidad de la sala protegida. Para ello debe comprobarse si en el recinto a proteger se han producido penetraciones u otros cambios que puedan afectar a fugas o a las prestaciones del agente extintor. Esta demostración se podrá realizar por medio de una comprobación visual, sin penuria de realizar una prueba de estanqueidad en condiciones de descarga, siempre y cuando no se hayan realizado obras ni cambios en la sala que hayan podido afectar a su estanqueidad desde la última prueba realizada.
Los pulsadores de alarma se situarán de modo que la distancia máxima a recorrer, desde cualquier punto que deba ser considerado como origen de evacuación, hasta alcanzar un pulsador, no supere los 25 m.
Los cambios de titularidad en los que el nuevo titular se subrogue en las obligaciones del titular anterior y que no impliquen un cambio de la actividad en los términos descritos anteriormente, no toparán zona a la aplicación del presente reglamento, aparte en lo indicado en los apartados 2 y 3.
2. Las empresas instaladoras y/o mantenedoras de instalaciones de protección contra incendios deberán contar En el interior del personal contratado, como exiguo, con un operario cualificado para cada unidad red contra incendios en ingles de los sistemas para los que están habilitadas, pudiendo un mismo operario estar cualificado para unidad o varios sistemas.
Los productos cuya conformidad se determine según lo indicado en el artículo 5, apartados 2 y 3, a los que no fueran de aplicación los requisitos exigidos en el preliminar Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, aprobado por Verdadero Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, dispondrán de un plazo de dos primaveras, a partir de la vencimiento de entrada en vigor de este real decreto, para cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento que se aprueba Mas información por el presente Verdadero decreto.
En sistemas fijos de extinción por polvo, comprobar que la cantidad de agente extintor se encuentra Interiormente de los márgenes permitidos.
a) Las obligaciones derivadas del cumplimiento de las prescripciones establecidas en este red contra incendios accesorios Reglamento, relacionadas con la instalación de equipos y sistemas de protección activa contra incendios que ejecuten las empresas instaladoras.
e) Emitir un certificado del mantenimiento informe efectuado, en el que conste o se haga referencia a los equipos y sistemas objeto del mantenimiento, anexando copia de las listas empresa de sst de comprobación utilizadas, durante las operaciones y comprobaciones ejecutadas, con las anotaciones realizadas y los resultados obtenidos.
b) El cumplimiento con lo establecido en el Reglamento (CE) n.º 517/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, empresa certificada de 16 de abril de 2014, y el Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, Triunfadorí como la certificación de los profesionales que los utilizan y por el que se establecen los requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados, en el caso de operarios cualificados para la instalación/mantenimiento de sistemas de extinción basados en agentes gaseosos fluorados.
«– Toda zona cuyo uso previsto sea diferente y subsidiario del principal del edificio o establecimiento en el que esté integrada debe constituir un sector de incendio diferente cuando supere los siguientes límites: